Inyección"0"

Evite el excedente de energía eléctrica de su planta fotovoltaica a la red de distribución 

¿Qué es vertido cero a la red o inyección cero?

Seguro que has escuchado lo de “vertido cero a la red o inyección cero”, ¿pero qué significa? El vertido 0 en una instalación fotovoltaica de autoconsumo consiste en evitar que se vierta energía eléctrica a la red de distribución eléctrica cuando el consumo de la instalación es inferior a la producción de la planta fotovoltaica.

¿Cómo afecta la inyección cero a mi instalación de autoconsumo?

Las instalaciones fotovoltaicas aisladas de la red eléctrica generan electricidad para consumo directo en el lugar de localización de los paneles, acompañados de una batería para el almacenaje de la electricidad generada y/o generadores de energía complementarios. En ningún momento existe capacidad física de conexión eléctrica con la red de transporte o distribución Si es su caso, su instalación se encuentra en un lugar aislado, la inyección cero  NO le afecta.

Una instalación de autoconsumo que no aporta kilovatios de electricidad a la red eléctrica se considera autoconsumo sin excedentes por lo que SI necesita de un sistema antivertido para asegurar el vertido 0 e impedir la inyección a la red de la energía eléctrica excedentaria.

Si su instalación fotovoltaica de autoconsumo tiene una potencia instalada menor a 15 Kw, NO necesita ningún sistema antivertido fotovoltaica puesto que la energía generada y volcada a la red es puntual y escasa. La normativa no la considera a efectos de vertido.

En una instalación de autoconsumo con excedentes acogida a compensación seriamos consumidores y productores, vierto la energía sobrante y producida por mi instalación fotovoltaica a la red durante el día, a cambio de una compensación en la factura de la luz por la energía de la red eléctrica utilizada a la noche y cuando no hay producción fotovoltaica. En este caso NO necesitamos utilizar un sistema de antivertido fotovoltaica. Para ello hay que cumplir una serie de requisitos como que la potencia de la instalación fotovoltaica sea inferior a 100 kw.

Para instalaciones de autoconsumo con potencia menor a 100 kw y que por voluntad propia no se acoja a la opción “con compensación” SI debe de tener un sistema de medida con inyección cero a la red para evitar las posibles sanciones por inyectar energía a la red eléctrica.

Las instalaciones fotovoltaicas con una potencia mayor a 100 kw no podrá acogerse al autoconsumo con compensación. Tienen dos opciones, atenerse a la opción de autoconsumo SIN excedentes en el cuál SI necesitarían de la instalación de un sistema de medida para garantizar el vertido 0 a la red,  y la otra opción vender los excedentes vertidos a la red al mercado eléctrico, convirtiéndose en productor de electricidad a partir de energía solar.

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¿Cómo funciona el sistema antivertido

Los sistemas de inyección cero o antivertido tienen como objetivo impedir el vertido de energía eléctrica producida por la energía solar fotovoltaica a la red de distribución. Miden la producción solar y el consumo eléctrico de una instalación en tiempo real, vigilando que si sucede que la producción solar supere al consumo, el sistema antivertido disminuiya automáticamente la producción solar para evitar la generación de Kw excedentarios que irían a la red eléctrica. Los sistemas de inyección cero nacen con el objetivo de facilitar la legalización de las plantas de autoconsumo solar al margen del RD 244/2019, los cuales evitan el largo trámite y los costes asociados a la legalización de la instalación como productor de energía.

¿Cómo me afecta el nuevo reglamento si ya tengo una instalación fotovoltaica?

Si su instalación fotovoltaica se ha instalado antes del Real decreto 244/2019 y no la ha tramitado correctamente, tiene un plazo de 6 meses para realizar los trámites correspondientes identificando su instalación fotovoltaica con una de las modalidades de autoconsumo que explica el Real Decreto. Por el contrario, si su instalación fotovoltaica está correctamente tramitada automáticamente se clasificaran en alguna de las modadalidades del nuevo Real Decreto.

¿Cómo funciona la compensación?

La compensación se aplica siempre y cuando exista vertido a la red de distribución eléctrica. Tenemos tres situaciones: las horas en las que el consumo coincida con la generación fotovoltaica, el cual el consumidor ni compra ni vierte energía a la red; las horas en la que el consumo sea superior a la producción de energía solar produciendose la compra de energía a la red eléctrica y las horas en las que el consumo sea inferior a la energía solar generada por la instalación y se vierta en la red como excedente.

A final de mes, la distribuidora leerá el contador y registrará la energía consumida y excedentaria vertida a la red descontando el valor de la energía vertida a la red del importe variable de consumo eléctrico de la factura de consumo eléctrico.

¿Puedo vender la energía fotovoltaica producida por mi instalación solar?

Si, se puede vender la energía sobrante de las instalaciones de autoconsumo siempre y cuando esté acogida a la modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación, en este caso se considera el sujeto como productor y le serán impuestas las mismas normas que a cualquier planta de producción de energía eléctrica.

¿Tengo que tener en cuenta la potencia instalada en mi autoconsumo fotovoltaico?

Si, dependiendo de la potencia instalada la normativa en autoconsumo reúne distintas modalidades a las que acogerse. Hasta 15 kilovatios las instalaciones fotovoltaicas están exentas de tramitar con las compañías distribuidoras, el trámite administrativo es simple. De 15 kw a 100 kw se debería de tramitar un punto de conexión con la compañía distribuidora y en instalaciones fotovoltaicas con más de 100 kw no se considera autoconsumo sino productor de electricidad, lo cual los trámites administrativos son más complejos. 

¿Cuándo es preferible acogerse al autoconsumo con compensación de excedentes?

Si su instalación tiene una potencia instalada superior a los 15 kw e inferior a los 100 kw puede acogerse a la modalidad de autoconsumo con compensación, es recomendable en los casos en los que su excedente de energía fotovoltaica sea cuantiosa.

¿Qué es mejor un autoconsumo con excedentes o sin excedentes garantizando una inyección 0?

No hay una opción mejor ni peor, dependerá de su instalación eléctrica, el consumo, la producción fotovoltaica y las condiciones de conexión a la red eléctrica. En una instalación sin excedentes garantizando un vertido cero a la rede se ahorra los trámites con la comercializadora eléctrica, los impuestos de generación y el peaje de acceso a la red por la energía excedentaria.

¿Cuál es el precio de los Kilovatios excedentarios?

El precio de los kilovatios excedentarios no tiene un precio fijo, depende de la hora a la que ser vierta la energía fotovoltaica excedentaria y el precio del kilovatio en el mercado mayorista correspondiente a esa hora.

¿Puedo guardar la energía excedentaria vertida de un mes para el siguiente mes?

Actualmente la energía solar excedentaria vertida no se puede acumular para el mes siguiente. La compensación se hará en el periodo de facturación que será de mes a mes.